Ley 10895 - para proteger, promover y apoyar la lactancia materna

Legal Solution Concept

Abril 2026

LEY 10895 - PARA PROTEGER, PROMOVER Y APOYAR

LA LACTANCIA MATERNA

Mediante la reciente entrada en vigor de la Ley N.° 10895, “Ley para proteger, promover y apoyar la lactancia materna”, aprobada el 18 de marzo de 2026, se introducen cambios relevantes en el régimen laboral, ampliando derechos para las personas trabajadoras en período de lactancia y estableciendo nuevas obligaciones para los empleadores.


PRINCIPALES CAMBIOS EN EL RÉGIMEN DE LACTANCIA EN EL TRABAJO


Se establece que el periodo mínimo de lactancia es el primer año de vida del menor de edad. Una vez transcurrido este plazo, la extensión del derecho podrá gestionarse de manera sucesiva cada tres meses, manteniéndose mientras persista la

alimentación con leche materna.


Esta prórroga deberá respaldarse mediante certificado médico emitido por un profesional de salud, ya sea del sector público o privado, y aplica a las distintas modalidades de lactancia, incluyendo la directa, diferida, mixta y los procesos de relactación.


Además del derecho a la hora diaria de lactancia remunerada, se establece que la persona trabajadora en período de lactancia contará con al menos 25 minutos por cada tres horas de jornada laboral destinados a la extracción de leche materna. Este

tiempo se considera parte de la jornada efectiva de trabajo, por lo que es remunerado y no puede acumularse ni sustituirse por otros períodos.


Asimismo, estos espacios de tiempo podrán ajustarse conforme a las necesidades fisiológicas de la madre, siempre que exista certificación médica que lo respalde.


En el caso de jornadas extraordinarias, las mujeres en período de lactancia contarán con un beneficio adicional de quince minutos por cada tres horas laboradas.


En los supuestos de adopción, la madre adoptante podrá acceder a un período de inducción a la lactancia, siempre que este sea recomendado y respaldado mediante certificación emitida por un profesional de la salud debidamente especializado.


Todo empleador que cuente con al menos una persona trabajadora en período de lactancia deberá habilitar dentro del centro de trabajo un espacio apropiado para la lactancia, extracción y resguardo de leche materna. Dicho espacio debe garantizar

condiciones adecuadas de privacidad, seguridad e higiene, y contar con la aprobación de la Oficina de Seguridad e Higiene del Trabajo.


La correcta aplicación de esta normativa exige que los empleadores revisen y ajusten sus políticas y procedimientos internos, mientras que las personas trabajadoras se informen y ejerzan de manera efectiva los derechos que les asisten. Su cumplimiento no solo asegura la observancia de la ley, sino que también favorece la construcción de entornos laborales más justos, saludables y respetuosos.

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