SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO IMPIDE A CCSS HACER COBROS RETROACTIVOS A TRABAJADORES INDEPENDIENTES CON BASE EN DECLARACIONES DE RENTA
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LEY SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO IMPIDE
A CCSS HACER COBROS RETROACTIVOS A TRABAJADORES INDEPENDIENTES CON BASE EN DECLARACIONES DE RENTA

Durante el mes de diciembre de 2025, el Tribunal Contencioso Administrativo dictó una resolución de carácter trascendental en materia de cobros retroactivos, con impacto directo para los usuarios afiliados a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) en la condición de trabajadores independientes.
El fallo tuvo origen en el caso de una trabajadora independiente a quien la CCSS le efectuó un cobro superior a los ¢200 millones, por supuestas diferencias entre las cuotas canceladas y los ingresos declarados ante el Ministerio de Hacienda. Dicho cobro se fundamentó en la revisión de las declaraciones del impuesto sobre la renta, pese a que las cuotas correspondientes ya habían sido previamente fijadas, facturadas y pagadas conforme a lo establecido por la propia CCSS.
El Tribunal Contencioso Administrativo resolvió que:
- Las cuotas de los trabajadores independientes no constituyen un impuesto sobre la renta real, sino una contribución parafiscal calculada con base en un ingreso de referencia fijado por la Junta Directiva de la CCSS, sustentado en estudios actuariales
- Las declaraciones del impuesto sobre la renta solo pueden considerarse un indicio, y no pueden utilizarse como el único fundamento para recalcular cuotas de manera retroactiva.
- La CCSS no puede reabrir ni modificar periodos ya cancelados sin recurrir a los mecanismos legales excepcionales previstos en la ley, como los procesos de nulidad o lesividad, los cuales están sujetos a plazos específicos.
El Tribunal concluyó que el actuar de la CCSS fue contrario a los principios de legalidad, seguridad jurídica y confianza legítima, por lo cual; el Tribunal anuló el cobro retroactivo realizado por la CCSS, además le ordenó a la CCSS, la devolución de los montos pagados
por la trabajadora afectada y condenó a la CCSS al pago de perjuicios y costas procesales.
Esta resolución sienta jurisprudencia y podría beneficiar a numerosos trabajadores independientes que se encuentren o se hayan encontrado en situaciones similares.
Cabe señalar que la CCSS aún puede apelar la sentencia ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo; recomendamos a los trabajadores independientes que hayan recibido cobros retroactivos por parte de la CCSS, especialmente aquellos fundamentados en declaraciones de renta, mantenerse al pendiente de lo que pueda resolver la Sala y así revisar su situación jurídica de manera individual y valorar las acciones legales correspondientes a la luz de esta resolución.
