Actualización legislativa sobre proyecto de jornadas 4x3
Agosto 2026
Actualización legislativa sobre proyecto de jornadas 4x3
El pasado lunes 25 de agosto, la fracción oficialista del Partido Pueblo Soberano aprobó mediante la moción de fondo 2528, una reversión significativa de los cambios que la anterior Asamblea Legislativa había incorporado al proyecto de jornadas laborales excepcionales de hasta 12 horas, expediente 24.290, conocido como jornadas 4x3. La moción fue aprobada con 30 votos a favor (29 del oficialismo y la diputada socialcristiana Abril Gordienko) frente a 24 votos en contra.
Se mantiene el esquema central: jornadas diurnas o mixtas de hasta 12 horas por un máximo de 4 días consecutivos con 3 libres, y jornadas nocturnas de hasta 12 horas por 3 días consecutivos con 4 libres. Aplicaría únicamente a manufactura tecnificada, producción de implementos médicos, servicios de apoyo y servicios corporativos que operen de forma continua.
Principales cambios:
- Consulta secreta a personas trabajadoras: Del texto anterior exigía una votación secreta con al menos mayoría simple entre los trabajadores antes de implementar la jornada en empresas ya operando en el país; la nueva versión la elimina, tanto para la vía individual como para la homologación de convenios colectivos, que ahora quedará reglamentada por el MTSS.
- Artículos 145 ter, quater y quinquies: Permitían revertir colectivamente el régimen 4x3 cuando la mitad de los trabajadores lo rechazara, regular el retorno a jornada ordinaria por razones médicas o familiares, y declarar nulas autorizaciones obtenidas por coacción o falsedad.
- Otras garantías del artículo 145 bis: Evaluación médica ocupacional semestral pagada por el empleador, reglas antidiscriminación específicas (género, condición social, discapacidad, responsabilidades familiares), prohibición de sustituir sindicatos por asociaciones solidaristas, igualdad de acceso a beneficios, derecho preferente a horarios compatibles con estudios o cuido, informes de brechas de género y un registro público de empresas autorizadas.
- Pago por trabajar un día libre: El texto vigente hasta ahora pagaba el doble de la remuneración ordinaria por hora mas recargos; la moción aprobada reduce ese pago a un 50% adicional sobre la remuneración de la jornada excepcional.
Garantías que sí se mantienen:
- No discriminación: se reincorpora una reforma al artículo 404 del Código de Trabajo la negativa a aceptar la jornada excepcional no podrá usarse como causal de discriminación.
- Silencio administrativo: se elimina la aplicación automática de la jornada cuando la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo no resuelva en 3 meses; ahora esa dependencia deberá pronunciarse expresamente dentro de ese plazo.
- Voluntariedad individual: una empresa no podrá trasladar unilateralmente a un trabajador de jornada ordinaria a excepcional, y deberá mantener al menos un turno ordinario disponible.
- Periodo de adaptación: se mantiene el periodo de adaptación de 3 meses y los ajustes para condiciones médicas, de cuido o estudio incompatibles con la jornada ampliada.
El proyecto continúa en trámite y aún debe superar la etapa de mociones de revisión y el primer debate, por lo que el texto podría variar antes de su aprobación final. No obstante, la eliminación de la consulta secreta obligatoria y la reducción del pago por trabajar días libres son cambios que, de mantenerse, simplificarían de forma importante la implementación de jornadas 4x3 para empresas en manufactura tecnificada, dispositivos médicos y servicios de apoyo o corporativos.










